GLOSARIO CIUDADANO
Qué es PQRS: significado, tipos, cómo se radica y cuántos días tiene la entidad para responder
La sigla aparece en la página de toda alcaldía, EPS y empresa de servicios públicos de Colombia, y casi nunca viene explicada. Acá está qué significa cada letra, qué tipo de solicitud te conviene radicar, cuántos días hábiles tiene la entidad para responderte y qué podés hacer si no responde. El plazo es tuyo.
Respuesta corta
PQRS es la sigla de Peticiones, Quejas, Reclamos y Sugerencias: el canal formal por el que una persona se dirige a una entidad pública o a una empresa en Colombia. Cuando se agrega la D de Denuncias se escribe PQRSD. Su fundamento es el derecho fundamental de petición del artículo 23 de la Constitución, regulado por la Ley 1755 de 2015, que fija plazos de respuesta de 15, 10 o 30 días hábiles según el tipo de solicitud.
Qué significa PQRS, letra por letra
La sigla se lee de corrido y cada letra nombra un tipo de solicitud distinto, con efectos y plazos distintos.
- P de Petición. Una solicitud dirigida a la entidad: que te informen algo, que te entreguen un documento, que hagan algo que les corresponde, que resuelvan una situación. Es la figura madre; todas las demás son variantes de la petición.
- Q de Queja. Una manifestación de inconformidad por la conducta o la actuación de un servidor público o de un funcionario. La queja apunta a una persona y a su comportamiento.
- R de Reclamo. Una manifestación de inconformidad por la prestación indebida de un servicio o por el incumplimiento de una obligación. El reclamo apunta al servicio, no a la persona.
- S de Sugerencia. Una propuesta para mejorar el servicio. No exige una decisión de fondo, pero sí acuse de recibo.
- D de Denuncia. El aviso a la autoridad de una conducta presuntamente irregular o delictiva, para que investigue. Cuando la entidad la incluye, la sigla se escribe PQRSD, que es lo habitual en el sector público colombiano.
La diferencia entre queja y reclamo se pregunta todo el tiempo y tiene una regla mental corta: si te trataron mal, es queja; si el servicio falló, es reclamo. Queja a la persona.
Por qué existe: el derecho de petición
PQRS no es una política de atención al cliente que una entidad decidió adoptar. Es la instrumentación operativa de un derecho fundamental.
El artículo 23 de la Constitución Política de Colombia establece el derecho de toda persona a presentar peticiones respetuosas a las autoridades y a obtener pronta resolución. Ese derecho está regulado por la Ley 1755 de 2015, que sustituyó el Título II de la Ley 1437 de 2011 (el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, CPACA).
De ahí salen tres consecuencias que conviene tener claras antes de radicar. Primera: la entidad está obligada a responder, no a resolver a favor. Una respuesta de fondo, clara y oportuna que niegue lo pedido cumple la ley. Segunda: los plazos son legales, no comerciales, y su incumplimiento tiene consecuencia disciplinaria para el servidor público. Tercera: el derecho aplica también frente a particulares en los casos que la ley señala, y por eso las EPS, los bancos y las empresas de servicios públicos gestionan PQRS con la misma lógica.
Normas consultadas el 2026-09-14 en el Gestor Normativo del Departamento Administrativo de la Función Pública. La entidad está obligada.
Tiempos de respuesta PQRS en Colombia
El artículo 14 de la Ley 1755 de 2015 fija un plazo general y dos excepciones. El texto legal dice: "Salvo norma legal especial y so pena de sanción disciplinaria, toda petición deberá resolverse dentro de los quince (15) días siguientes a su recepción".
Los tres términos, en días hábiles:
- 15 días hábiles para la petición general.
- 10 días hábiles para las peticiones de documentos e información.
- 30 días hábiles para las consultas en relación con las materias a cargo de la entidad.
El parágrafo del mismo artículo agrega la regla de prórroga, que es la que más se ignora: cuando excepcionalmente no sea posible responder en el plazo, la autoridad debe informarle al interesado antes del vencimiento, explicando los motivos de la demora y señalando el plazo razonable en que responderá, "que no podrá exceder del doble del inicialmente previsto".
Dos precisiones importantes. La primera es la cláusula "salvo norma legal especial": hay materias con términos propios, como salud o servicios públicos domiciliarios, y en esos casos manda la norma especial. La segunda es que el plazo corre desde la recepción, y por eso el número de radicado con fecha es la pieza que hay que conservar.
Norma consultada el 2026-09-14. El plazo corre desde la radicación.
| Tipo de solicitud | Qué es | Ejemplo típico ante una alcaldía | Plazo legal |
|---|---|---|---|
| Petición general | Solicitud de que la entidad haga o resuelva algo | Pedir la reparación de una luminaria o un alumbrado público | 15 días hábiles |
| Petición de documentos e información | Pedido de copias o de información que la entidad tiene | Solicitar copia del acto administrativo o del expediente | 10 días hábiles |
| Consulta | Pedido de concepto sobre materias a cargo de la entidad | Preguntar cómo se interpreta una norma de uso del suelo | 30 días hábiles |
| Queja | Inconformidad con la conducta de un servidor | Mal trato en la ventanilla de la secretaría | 15 días hábiles (petición general) |
| Reclamo | Inconformidad con la prestación de un servicio | Cobro indebido en el impuesto predial | 15 días hábiles (petición general) |
| Sugerencia | Propuesta de mejora | Proponer un horario extendido de atención | 15 días hábiles (petición general) |
| Denuncia | Aviso de una conducta presuntamente irregular | Reportar una obra sin licencia | 15 días hábiles, más el trámite de investigación |
Cómo se radica una PQRS ante una alcaldía
Radicar significa dejar constancia formal de que presentaste la solicitud, en una fecha determinada. Ese acto es lo que hace correr el plazo, y por eso conservar el radicado importa tanto como redactar bien.
Los canales que una alcaldía suele habilitar:
- Ventanilla única o atención al ciudadano presencial. Te entregan un número de radicado impreso con fecha y hora.
- Formulario web de PQRSD en el portal de la alcaldía. Debe devolverte un número de radicado en pantalla y por correo.
- Correo electrónico institucional de notificaciones judiciales o de atención al ciudadano.
- Canales conversacionales, cada vez más habituales. Cuando están bien implementados, generan el radicado en el momento y te lo devuelven por el mismo canal.
- Buzón físico de sugerencias, que en la práctica no garantiza trazabilidad.
Si el canal que usaste no te devolvió un número de radicado, para efectos prácticos no radicaste, porque no tenés cómo demostrar la fecha. Sin radicado no hay plazo.
Qué tiene que contener una PQRS bien presentada
La ley pide relativamente poco y la práctica agrega lo demás. Una solicitud que reúne estos elementos es más difícil de devolver por incompleta:
- Tus datos de identificación y el domicilio o el correo donde querés recibir la respuesta. Este último dato es el que más se omite y el que más demoras causa.
- La entidad y la dependencia a la que te dirigís.
- El objeto, en una frase: qué pedís concretamente.
- Los hechos, en orden cronológico, sin adjetivos. Fechas, direcciones, números de factura o de contrato.
- Los documentos de soporte, si los tenés. Una foto sirve.
- La firma o la identificación según el canal.
Una recomendación práctica que no está en la ley: escribí el objeto en la primera línea y dejá los hechos para después. La persona que clasifica la solicitud en la entidad lee las primeras líneas para decidir a qué área la deriva, y una clasificación errada te cuesta días. El objeto primero.
Qué hacer si la entidad no responde a tiempo
Tenés tres caminos y conviene recorrerlos en orden.
Primero, verificá el estado con tu radicado. Una parte importante de las respuestas "no recibidas" fueron enviadas a un correo mal escrito o a una dirección desactualizada.
Segundo, presentá una nueva petición invocando el incumplimiento, citando el número de radicado original, la fecha de recepción y el artículo 14 de la Ley 1755 de 2015. En muchas entidades esto sólo destraba el caso porque activa el control interno.
Tercero, la acción de tutela. El derecho de petición es un derecho fundamental, y la vía para protegerlo cuando la entidad no responde en el término legal es la tutela. Es un trámite que no requiere abogado.
Adicionalmente, la conducta del servidor público que no responde es una falta disciplinaria, lo que habilita la queja ante la oficina de control interno disciplinario de la entidad o ante el órgano de control competente.
Este artículo es informativo y no reemplaza la asesoría de un abogado para tu caso concreto. No reemplaza asesoría.
PQRS en servicio al cliente: la versión privada de la misma figura
Muchas empresas privadas colombianas usan la sigla PQRS para su canal de atención, y ahí conviven dos situaciones distintas.
En sectores regulados (salud, servicios públicos domiciliarios, financiero, telecomunicaciones) el canal tiene respaldo normativo propio, con términos, con superintendencia de vigilancia y con instancias de apelación. Una PQRS ante una EPS o ante una empresa de acueducto no es un buzón de sugerencias: tiene consecuencias.
En el resto de las empresas, PQRS es una convención de nombre para el canal de atención, sin plazo legal general. La empresa se compromete a lo que publique en su política de atención, y ese compromiso es contractual, no legal.
La diferencia práctica al radicar: en el primer caso citá la norma sectorial y guardá el radicado; en el segundo, citá la política publicada por la propia empresa. Regulado o contractual.
Referencia
La tabla que te podés llevar
| Letra | Nombre | Apunta a | Cuándo usarla | Plazo legal ante entidad pública |
|---|---|---|---|---|
| P | Petición | Una acción o una información de la entidad | Necesitás que hagan algo o que te informen | 15 días hábiles, o 10 si pedís documentos, o 30 si es consulta |
| Q | Queja | La conducta de un servidor público | Te atendieron mal o hubo una actuación indebida | 15 días hábiles |
| R | Reclamo | La prestación del servicio | El servicio falló, se cobró de más, no se cumplió | 15 días hábiles |
| S | Sugerencia | Una mejora posible | Querés proponer un cambio | 15 días hábiles |
| D | Denuncia | Una conducta presuntamente irregular | Conocés un hecho que debe investigarse | 15 días hábiles, más investigación |
Fuente de los plazos: artículo 14 de la Ley 1755 de 2015, consultado el 2026-09-14.
Dónde entra MoPッ
De la teoría a tu operación
Del lado de la entidad, el problema no es recibir la PQRSD: es que quede radicada con fecha, clasificada por tipo, asignada al área correcta y con el término corriendo a la vista de alguien. MoPッ implementa ese circuito sobre WhatsApp con CityBot y PanelCRM: la solicitud entra en texto, audio o foto, se clasifica, se genera el radicado y se asigna al área con el plazo legal que corresponde al tipo de petición, y el ciudadano recibe el número en el momento. Un funcionario de la entidad toma el caso cuando hay riesgo, vulnerabilidad, tono de conflicto, una solicitud que requiere criterio jurídico o cuando el ciudadano pide hablar con una persona, y lo recibe con la conversación completa. El detalle para alcaldías está en sistema PQRS por WhatsApp. El término a la vista.

Preguntas
Lo que preguntan antes de decidir
PQRS significa Peticiones, Quejas, Reclamos y Sugerencias. Es el nombre del canal formal por el que una persona se dirige a una entidad pública o a una empresa en Colombia. Cuando la entidad incluye también las Denuncias, se escribe PQRSD, que es la forma habitual en el sector público. Cada letra corresponde a un tipo distinto de solicitud, con efectos y con trámites diferentes.
La queja se refiere a la conducta de un servidor público o de un funcionario: mal trato, demora atribuible a una persona, actuación indebida. El reclamo se refiere a la prestación del servicio: un cobro mal liquidado, un servicio que no se prestó, un incumplimiento de la entidad. Regla corta: si el problema fue una persona, es queja; si fue el servicio, es reclamo.
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Quince (15) días hábiles para una petición general, diez (10) días hábiles para peticiones de documentos e información, y treinta (30) días hábiles para consultas sobre materias a cargo de la entidad, según el artículo 14 de la Ley 1755 de 2015 (consultado el 2026-09-14). Si excepcionalmente no puede cumplir, debe avisarte antes del vencimiento y el nuevo plazo no puede exceder el doble del inicial.
Cuando la entidad no responde dentro del plazo legal, primero verificá el estado con tu número de radicado, porque muchas respuestas se pierden por un correo mal registrado. Si efectivamente no hubo respuesta, podés presentar una nueva petición invocando el incumplimiento y citando la norma, y podés interponer una acción de tutela, que no requiere abogado. La omisión también constituye falta disciplinaria del servidor.
Por ventanilla de atención al ciudadano, por el formulario de PQRSD del portal, por el correo institucional o por los canales conversacionales que la alcaldía haya habilitado. El punto crítico es el mismo en todos: exigí el número de radicado con fecha. Ese número es lo que hace correr el plazo legal y lo que te permite hacer seguimiento y reclamar después.
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No siempre. En sectores regulados (salud, servicios públicos domiciliarios, financiero, telecomunicaciones) el canal tiene normas y términos propios, con una superintendencia que vigila. En el resto de las empresas, PQRS es sólo el nombre del canal de atención y el compromiso de plazo es el que la propia empresa publique en su política, que es contractual y no legal.
Las denuncias sí admiten anonimato en varios canales institucionales. Las peticiones, en cambio, requieren identificación y una dirección de notificación, porque la entidad tiene que poder responderte y porque el plazo se cuenta respecto de una persona determinada. Si radicás sin datos de contacto, es probable que la entidad no pueda notificarte y que pierdas la posibilidad de hacer valer el término.